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La Audiencia Provincial de Madrid avala la validez de los acuerdos de LALIGA con CVC

  • La resolución desestima íntegramente el recurso de Athletic Club y Real Madrid CF y confirma la validez de los acuerdos aprobados por la Asamblea de 2021

La Audiencia Provincial de Madrid, Sección 18.ª, ha desestimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por Athletic Club y Real Madrid CF contra la sentencia que ya había rechazado su demanda frente a LALIGA en relación con los acuerdos aprobados por la Asamblea General Extraordinaria de 10 de diciembre de 2021.

La resolución confirma la sentencia dictada por la Plaza n.º 15 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid el 19 de febrero de 2024 y avala la validez de los acuerdos impugnados, imponiendo además las costas de la segunda instancia a los clubes apelantes.

La sentencia rechaza que la operación suponga una cesión de los derechos audiovisuales a CVC y recuerda que los clubes siguen siendo titulares de dichos derechos, sin perjuicio de la comercialización conjunta atribuida legalmente a LALIGA. Asimismo, la Audiencia considera que la aportación realizada por CVC se articula mediante un contrato de cuentas en participación destinado a financiar a los clubes asociados, mejorar la competición y maximizar el resultado de la comercialización de los derechos audiovisuales.

La Sala también descarta que los clubes no adheridos a la operación soporten sus costes, al concluir que el mecanismo previsto garantiza la neutralidad económica para ellos. En particular, la sentencia señala que los clubes no adheridos no tienen que asumir los gastos derivados de la operación y que el riesgo de impago corresponde, en su caso, a los clubes adheridos.

La Audiencia Provincial rechaza igualmente las alegaciones relativas a una supuesta falta de información, al considerar acreditado que LALIGA puso a disposición de los clubes la documentación necesaria, ofreció reuniones para resolver dudas y permitió el examen de documentación adicional con asesores. La resolución concluye que los clubes contaron con información suficiente para adoptar una decisión fundada sobre los acuerdos sometidos a la Asamblea.

La sentencia también confirma que la creación de la sociedad filial LGI se integra en la capacidad de autoorganización de LALIGA y no vacía sus funciones esenciales, ya que LALIGA mantiene las facultades de comercialización, gestión y organización de la competición. Además, la Audiencia destaca que LALIGA conserva más del 91 % del capital social de LGI y el derecho a nombrar a la mayoría de sus consejeros, lo que confirma el mantenimiento del control sobre dicha entidad.

LALIGA valora positivamente esta resolución, que supone un nuevo respaldo judicial a los acuerdos con CVC, refuerza su seguridad jurídica y confirma la corrección jurídica de una operación estratégica orientada a fortalecer la competición, apoyar a los clubes y maximizar el valor de los derechos audiovisuales del fútbol profesional español.


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